En términos del artículo 98 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro, antes del inicio del periodo de registro de candidaturas, los partidos políticos deben presentar a la Secretaría Ejecutiva del IEEQ la plataforma electoral dividida para cada tipo de elección que sostendrán durante la campaña sus candidaturas a cargos de elección popular.
Además, de lo anterior, la ciudadanía que presente su manifestación de intención como aspirante a candidatura independiente debe entregarla según el tipo de elección, a la Secretaría Ejecutiva o al consejo distrital o municipal que corresponda.
Así, a la fecha se presentaron las plataformas electorales siguientes: