Procedimiento| Insaculación para la conformación de Consejos Electorales
En la misma sesión del 5 de enero de 2015, una vez que se conozca la letra a partir de la cual se llevará a cabo la insaculación de los aspirantes a consejeros electorales y con el apoyo del sistema de cómputo INFOPREL 2015, se llevará de forma automatizada para cada uno de los consejos electorales el procedimiento que a continuación se describe:
Se ordenan alfabéticamente por apellido los nombres de los aspirantes a partir de la letra sorteada.
Se eligen a los primeros ocho aspirantes siguiendo el orden alfabético, para
que al final se tengan 4 mujeres y 4 hombres, siempre y cuando por el sexo
de los aspirantes esto sea posible.
Si al ordenarlos alfabéticamente se tuviera mayoría de un sólo sexo, después
de los primeros cuatro del sexo de que se trate no se considerarán y sólo se
tomará en cuenta a los aspirantes del sexo contrario, procurando listados con
4 mujeres y 4 hombres.
El listado de 8 aspirantes de cada consejo se ordenará por nivel de escolaridad
de mayor a menor para determinar quiénes serán propietarios y quiénes
suplentes.
Los 5 primeros aspirantes serán designados propietarios y los 3 siguientes
serán suplentes.
Una vez hecha la integración y siempre con ayuda del sistema INFOPREL 2015 se imprimirá un ejemplar de la integración completa, el cual formará parte integrante de la minuta de la sesión de la Comisión de Organización Electoral.