Procedimiento| Revisión de cumplimiento de requisitos
Al finalizar la recepción de documentos de cada uno de los aspirantes, se deberá informar al ciudadano que uno de los requisitos es la asistencia a la plática de inducción que se impartirá en la sede que determine el Instituto Electoral del Estado de Querétaro, el día 19 de Diciembre de 2014.
En este apartado es importante hacer notar dos vías que se han considerado establecer para la verificación del cumplimiento de requisitos de los ciudadanos que aspiran a ocupar el cargo de consejero electoral. Una es la que podrá llevar a cabo los partidos políticos a través de sus representantes ante el Consejo General, misma que podrán efectuar desde que inicie la recepción de documentación, revisando los expedientes digitales en el sistema INFOPREL 2015 mediante una clave de acceso personalizada. En caso de que exista alguna observación o comentario deberán hacerlo llegar de manera oficial al Secretario Ejecutivo del Instituto, quien, de ser el caso, resolverá la duda o inquietud, o bien verificará la procedencia de la observación acompañada con las pruebas documentales, el plazo que los representantes de los partidos políticos tendrán para presentar sus comentarios, iniciará el día 2 de noviembre de 2014 al 3 de enero de 2015.
Una segunda vía de revisión se llevará a cabo dentro del Instituto Electoral del Estado de Querétaro con las observaciones que hagan los consejeros electorales del Consejo General o las que lleven a cabo los funcionarios de la Secretaría Ejecutiva.
Vale la pena mencionar que atendiendo a los principios rectores de la función electoral, como son: la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, equidad y objetividad, sólo procederán aquellas observaciones que puedan ser verificables y que efectivamente demuestren el incumplimiento de alguno de los requisitos que se establece en la norma electoral local para ocupar el cargo en comento.
Para tal efecto, el día 5 de Enero de 2015, sesionará la Comisión de Organización Electoral donde además de desahogar el punto del procedimiento relativo al sorteo de la letra del alfabeto, conocerá de los comentarios e inquietudes que se hubiesen presentado y resolverá sobre aquellas observaciones que aún quedasen pendientes.
Es conveniente no omitir que en caso de que las observaciones a alguno o algunos de los aspirantes sean acreditadas, éste o éstos serán retirados del listado que será sometido a la insaculación que se prevé realizar como parte fundamental en la designación de los consejeros electorales.